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Mar
¿Se puede superar el límite de velocidad al adelantar?
Según el Reglamento General de Circulación (artº 51): «Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano solo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas». En carreteras covencionales, …